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¿Cómo dar de alta una vivienda VUT en Galicia?

  1. Necesitas tener la cédula de habitabilidad de la vivienda que vas a poner en alquiler. Es el documento que te entregan y garantiza que la vivienda es habitable. Entendemos que ya la tendrás al realizar este trámite.
  2. Entra aquí para obtener la licencia de actividad de vivienda de uso turístico.
    1. Si tienes certificado electrónico o chave 365 podrás cubrirlo en la web iniciado el proceso «Tramitar en línea».
    2. Si lo prefieres hacer presencial, descarga aquí el documento.
    3. Tienes que cubrirlo con tus datos y los de la vivienda. Es muy sencillo, tan solo requiere de una lectura pausada para cubrirlo (10 minutos)
  3. Solicita un seguro de responsabilidad civil para tu vivienda. Es un seguro especial que la persona con la que suelas trabajar en este ámbito conocerá. En concreto tiene que cubrir: «Seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos de los usuarios o usuarias del establecimiento por daños corporales, daños materiales y los perjuicios económicos causados que se deriven del desarrollo de su actividad.»
  4. Asegúrate de que tienes la certificación energética de la vivienda con validez (son 10 años desde que la hagas). Si no la tienes es obligatorio que la realices con algún arquitecto o arquitecto técnico (aparejador).
  5. Dirígete a la Guardia Civil o a Nacional (según tu ciudad o población) para que te den de alta en lo que denominan «Hospederías». Ellos te explicarán detalladamente como es el sencillo proceso de avisarles de cada huésped que llegue a tu vivienda.
  6. Recuerda que:
    1. Si la vas a alquilar en temporada de invierno, deberás poner a disposición de los huéspedes una fuente de calor.
    2. La vivienda la tienes que dejar, amueblada y equipada en condiciones de uso inmediato.
    3. Descarga y pon visible en tu establecimiento a los huéspedes este cartel:
    4. Pon visible a los huéspedes en la vivienda un teléfono 24 horas.
    5. Tienes que tener disponibles hojas de reclamaciones. Puedes descargarlas desde aquí.
    6. El plazo máximo de alquiler a un único huésped de forma continuada es de 29 días.

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